POLÍTICA DE SANCIONES INTERNACIONALES Y EXCLUSIONES
1 Declaración del Patrocinador, Objetivos y Principios
El propósito de la EOMMT es contribuir al bienestar común, lo que implica facilitar la aplicación de regulaciones nacionales e internacionales.
Por lo tanto, debemos aplicar de manera estricta los programas de sanciones internacionales y las medidas de exclusión, y evitar trabajar con países, entidades o personas afectadas.
Si tiene alguna pregunta o enfrenta dificultades relacionadas con respecto a sanciones internacionales y exclusiones o temas afines, puede comunicarse con la Oficial de Ética y Cumplimiento enviando un correo a: etica@eommt.ec.
2 Alcance
Esta Política abarca a todos los colaboradores de la EOMMT.
3 Referencia
- Norma ISO 9001:2015 Sistema de Gestión de Calidad. - Norme UNE-EN 13816:2003 Calidad del Servicio a los viajeros. - SGI-PO-EYC-06 Procedimiento del ciclo de vida de las normas de Ética & Cumplimiento. - Política Integral EOMMT. - Código de Ética y Conducta de la EOMMT. - SGI-POL-19 Política de lucha contra la corrupción, el soborno y el tráfico de influencias. - SGI-PO-EYC-09 Procedimiento de Investigación Interna
4 Objetivo
Los objetivos de la presente Política son: - Definir las Sanciones Internacionales y las Exclusiones. - Identificar los riesgos asociados a estas infracciones y establecer medidas sólidas para su mitigación. - Implementar las protecciones necesarias frente a estos riesgos.
Para garantizar la integridad de nuestras operaciones y proteger nuestra reputación, el cumplimiento estricto de esta Política, así como de todas las normativas nacionales e internacionales pertinentes (incluyendo, entre otras, las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, la Lista de Sanciones de la UE, los Programas de Sanciones de la OFAC, y las listas nacionales de Francia, Australia, Estados Unidos, Reino Unido, etc.), es siempre obligatorio.
Nuestro compromiso contempla las listas de control y programas específicos de cada jurisdicción en la que opera el Grupo Transdev.Las medidas restrictivas, como las exclusiones impuestas por organismos financieros internacionales, también son consideradas por la EOMMT.
5 Definiciones
Beneficiario final (ubo – ultimate beneficial owner): Se refiere a la(s) persona(s) natural(es) que en última instancia posee(n) o controla(n) a un cliente, socio, proveedor, asesor, intermediario, etc., y/o en cuyo nombre se realiza una transacción.Un UBO es la persona natural que: • Posee directa o indirectamente más del 25% del capital o de los derechos de voto de la empresa, o • Ejerce, por cualquier otro medio, poder de control sobre la empresa (por ejemplo, poder de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de los órganos administrativos, de gestión o supervisión; o poder de determinar efectivamente las decisiones de la junta general).
Si, tras agotar todos los medios posibles, no se identifica a ninguna persona bajo esta definición y no existen motivos de sospecha, el UBO será la(s) persona(s) natural(es) que actúe(n) como representante(s) legal(es) de la compañía.
Exclusión (debarment): Es la exclusión formal de una persona o entidad de participar en determinadas actividades o transacciones, normalmente como consecuencia de haber incurrido en prácticas fraudulentas, corruptas o poco éticas.
Este mecanismo busca impedir que organizaciones o individuos que no cumplen con estándares legales o éticos se beneficien de oportunidades como: licitaciones públicas, contratos gubernamentales, financiamiento de instituciones financieras, u otros compromisos oficiales.
Sanciones internacionales: Son medidas adoptadas por países, organizaciones multinacionales o alianzas como las Naciones Unidas (ONU), la Unión Europea (UE) y otras, para hacer cumplir el derecho internacional y proteger los intereses de seguridad nacional.
Las sanciones pueden adoptar diversas formas, tales como: sanciones económicas (embargos comerciales o congelamiento de activos), prohibiciones de viaje o inadmisibilidad, embargos de armas, restricciones de capital, reducciones de ayuda exterior, entre otras.
Generalmente, se imponen como respuesta a conductas indebidas de otros Estados, como abusos de derechos humanos, actos de guerra o agresión, terrorismo, proliferación nuclear, corrupción, entre otros.
Las sanciones pueden aplicarse a: países, entidades legales, individuos, sectores de actividad.
Las empresas están obligadas a cumplir con estas sanciones sin importar sus intereses comerciales.
El incumplimiento puede implicar responsabilidad penal para la compañía y sus directores, además de sanciones legales severas (multas, prisión) y un daño reputacional significativo. 6 Desarrollo
6.1 Requerimientos del Grupo (KGR)
6.2 Monitoreo
El reporte semestral de cumplimiento incluirá un apartado específico sobre Sanciones Internacionales y Exclusiones.
El reporte semestral de cumplimiento incluirá un apartado específico sobre Sanciones Internacionales y Exclusiones.
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1 En muchos países, sobre todo en jurisdicciones que restringen la participación extranjera, se exige que una empresa tenga socios o accionistas nacionales (es decir, ciudadanos o empresas locales) para poder constituirse o para poder operar en determinados sectores.2 Un nominee shareholder es una persona o entidad que aparece formalmente en los registros oficiales (por ejemplo, el libro de accionistas o el registro mercantil) como titular de las acciones de una compañía, pero no es el beneficiario real de esas acciones.
